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La moratoria para Pymes que salió a la luz en diciembre del año pasado había diferenciado el universo de sujetos que podían acceder a la misma en base a un contexto que no es el actual que estamos viviendo con motivo de la pandemia de coronavirus.

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La moratoria para Pymes que salió a la luz en diciembre del año pasado había diferenciado el universo de sujetos que podían acceder a la misma en base a un contexto que no es el actual que estamos viviendo con motivo de la pandemia de coronavirus.

El nuevo escenario de aislamiento social ha provocado un cambio profundo en la ecuación económica de las empresas y de las personas humanas. Al universo de las Pymes que ya venían con problemas económicos se han sumado naturalmente las empresas grandes, que en muchos casos han tenido que solicitar la asistencia del estado para pagar los sueldos de sus empleados.

Este sector de la economía ya había hecho llegar la necesidad de acceder en similares condiciones a la moratoria para Pymes, y ahora esos pedidos toman fuerza ya que ha salido a la luz un proyecto de modificación de la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

El citado proyecto extiende el período de las obligaciones que pueden regularizarse hasta las obligaciones vencidas al 31/5/2020.

La fecha de acogimiento al régimen se extiende hasta el 31/10/2020.

Se permite el acceso a las empresas que no son Pymes, pero bajo otras condiciones, entre las que se destacan una menor cantidad de cuotas a las que pueden acceder para financiar las obligaciones, la imposibilidad de distribución de dividendos o utilidades a sus accionistas o socios desde el momento de acogimiento hasta la finalización de dicho ejercicio fiscal y por los siguientes 24 meses; y también existen restricciones en materia de divisas para el acceso de moneda extranjera a través del Mercado Único y Libre de Cambios para realizar pagos de beneficios netos de cualquier categoría a sociedades, empresas o cualquier otro beneficiario del exterior que revistan la condición de sujetos vinculados.

Por último señalamos que se prevé que la primera cuota del plan deberá ser ingresada como fecha tope hasta el 16/11/2020

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Este sector de la economía ya había hecho llegar la necesidad de acceder en similares condiciones a la moratoria para Pymes, y ahora esos pedidos toman fuerza ya que ha salido a la luz un proyecto de modificación de la ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

El citado proyecto extiende el período de las obligaciones que pueden regularizarse hasta las obligaciones vencidas al 31/5/2020.

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